7 de agosto de 2025

Condena por difusión de video íntimo: 2 años y tres meses de prisión para Oliveri y reparación económica de Yaccarini

Gabriela Fernández Aberastain esperó cinco años para obtener justicia por la viralización de contenido privado sin consentimiento, abusos y amenazas.

Hoy un Tribunal Unipersonal condenó a Diego Oliveri a dos años y tres meses de prisión efectiva por los delitos de amenazas, distribución indebida de correspondencia y lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, todo en concurso real, en perjuicio de Gabriela Fernández Aberastain. Atónito, confundido y sin mucha expresión fue esposado y retirado de la sala. Por su parte la acción penal que pesaba sobre Tatiana Yaccarini quedó extinta dado que ofreció un acuerdo conciliatorio a la víctima a través del que le brindó una reparación económica por el daño y perjuicio causado.

La tercera audiencia comenzó alrededor de las 12:20 con Diego Oliveri de manera presencial por primera vez en el debate. El imputado, fiel a su estilo, solicitó seguir el desarrollo de la audiencia de manera virtual pero sentado en el banquillo de los acusados en la sala contigua a la que se estaba desarrollando el debate.
Tras escuchar el testimonio de la última testigo, más la declaración de Yaccarini, los alegatos de las partes y las palabras de Oliveri, el Tribunal Unipersonal, integrado por Ariel Parrillis pasó a resolver. Fue pasadas las 16:30 dictó el veredicto.

Arrepentimiento y pedido de disculpas

Yaccarini, a través de sus abogados Marcos Juárez y Ramiro Rubio, pidió el uso de la palabra. Angustiada, lo primero que hizo fue mirarla a Fernández Aberastain, la víctima y denunciante, y decirle que le pedía disculpas. «Gabriela principalmente pedirte perdón públicamente, estoy totalmente arrepentida», expresó.

Mientras que Yaccarini hablaba, la víctima miró siempre hacia adelante y la escuchó con atención. Por algunos momentos cuando la imputada dio detalles y contó sobre situaciones de violencia que vivió por parte de Oliveri, ella asintió con la cabeza. Daba cuenta de que la comprendía, pues ella también había pasado por maltratos similares y probablemente no le parecía extraño que ella hablase así de Oliveri.

Yaccarini dijo que nunca tuvo la intención de amenazarla ni a ella ni a sus hijos, que nunca estuvo en su esencia hacerles daño. Resaltó que estuvo cinco años silenciada por su anterior abogado quien nunca le permitió declarar en la causa.

Aseguró que sufrió una constante violencia tanto psíquica como psicológica y económica por parte de Oliveri. Entre llantos contó que una vez fueron juntos a un supermercado y como había fila para pagar en la caja él le quitó un gorro que ella llevaba puesto. Recordó que lo usaba porque estaba con tratamiento oncológico y el mismo le había provocado que perdiera su cabello, sus cejas y sus pestañas. Para ella esa fue una situación más que violenta y vergonzosa. Consideró que Oliveri utilizó y se burló de su condición de salud solo con el fin de no hacer fila para pagar y tomar un turno prioritario. Los familiares de la mujer lloraron al escuchar su relato. Ellos no sabían de ese hecho, se enteraron allí.

Aseguró que el acusado es una persona que odia a la gente y que no solo le causó sufrimiento a ella sino que también a sus dos hijos.

Aceptar las disculpas

Tras ella tomó la palabra Fernández Aberastain. Dijo que hacía cinco años que esperaba esas disculpas. Con su forma de hablar, calma y serena, aseguró que creía que las disculpas de Yaccarini eran sinceras y que la entendía porque también es mujer. «No quiero más odio ni más maldad, quiero justicia», enfatizó.

Etapa de alegatos

El primero en dar su alocución fue el fiscal de instrucción, Ricardo Barbeito. Una vez más resaltó que este caso tiene que ver con «el pecado de ser la ex». Aseguró que a lo largo del debate quedó plenamente acreditado, a través de los testimonios de los testigos y de las diversas pruebas, que Oliveri ejerció violencia física, psicológica y económica sobre Fernández Aberastain.

Que, si bien la relación de pareja entre la víctima y el imputado duró solo tres años, él se encargó de seguir hostigándola tras la separación por el simple hecho de no tolerar que ella haya rearmado su vida amorosa con otro hombre. Para Barbeito ese fue el principal motivo por el que Oliveri decidió viralizar el video íntimo de la denunciante.

El fiscal aseveró que ese hecho generó un daño en la víctima que hasta el día de hoy subsiste en ella y que indudablemente afectaron su honor y su economía. Por otra parte, recalcó que la viralización del video trascendió los límites de la provincia.

Para Barbeito este es el primer caso en el país en el que a través de las pruebas quedó claro que los imputados tuvieron «la mera intención de causar daño».

Por último, dijo que la aplicación de una condena resultaría ejemplificadora para que la sociedad entienda que divulgar material privado tiene consecuencias. Pidió que Oliveri sea condenado y que en San Luis «no sea pecado ser la ex».

A su turno el fiscal de juicio, Fernando Rodríguez, pidió que el fallo sea tratado con perspectiva de género y adhirió a todo lo expuesto por Barbeito. Solicitó que Oliveri sea condenado a tres años y ocho meses de prisión efectiva por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo en concurso real con amenazas, en concurso real con distribución indebida de correspondencia. Como atenuante señaló la falta de antecedentes penales y como agravantes las circunstancias de tiempo, modo y lugar; la afectación y daño de la imagen y de la salud psíquica de la víctima.

Luego tomó la palabra la querella representada por Santiago Olivera Aguirre. El letrado expuso que Oliveri «traicionó cobardemente a la mujer que había confiado en él». Aseguró que el imputado sabía el daño que le iba a causar y usó a Yaccarini para enviar el video. «Lo que sucedió va a quedar marcado en Gabriela para siempre», lamentó.

Resaltó que por fortuna el mensaje con el video que le enviaron al hijo de la víctima no llegó a ser visto por él. Indicó que de haber sucedido habrían incurrido también en el delito de corrupción de menores.

Por último, el defensor oficial 2, José Luis Guiñazú, dijo que «a las claras hay una mujer herida que invoca al respeto». Para el letrado «no hay nada más doloroso que sentirse traicionado» y tras esas declaraciones apoyó su alocución en que el Código Penal no prevé el delito de difusión de un video íntimo.

Trajo a colación un proyecto de Ley que a su opinión «duerme en los cajones del Congreso de la Nación desde el 2022″. Esa ley trataría y encuadraría la pena y tratamiento para ese delito. Solicitó la absolución de Oliveri y en caso de no hacerse lugar pidió que la condena no supere los seis meses de prisión en suspenso. Para el letrado la petición del Ministerio Público Fiscal estuvo infundada.

Indiferente, sin arrepentimiento

Tras Guiñazú tomó la palabra Oliveri. Durante aproximadamente cinco minutos leyó un texto en su celular. Solicitó permiso al Tribunal para leerlo, dijo que por su condición de salud tiene su memoria afectada por lo que debió escribir su testimonio.

Se mostró indiferente y sin arrepentimiento. En pocas palabras aclaró que no es una persona violenta, que lamentaba lo sucedido pero que no fue su intención lastimar a nadie. Le dedicó varios de esos minutos a hablar de su salud. Solo fue en esos momentos en los que se lo notó angustiado. Pidió que no lo miren como un acusado sino como un ser humano.

Por otra parte, solicitó que en caso de ser condenado se prevea que sea de manera condicional por su salud, para tener la posibilidad de continuar su tratamiento médico.
También resaltó que siempre estuvo a derecho, dispuesto a escuchar y responder. Aseguró que hoy en día busca reconstruirse, sostenerse y seguir adelante.

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